Aprueban Reformas y Adiciones a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa

*Las iniciativas en materia de Conflicto de Interés y Omisiones sobre Cuotas y Aportaciones ante el Instituto de Pensiones del Estado de Sinaloa, fueron presentadas por el diputado Sergio Mario Arredondo Salas, las cuales obtuvieron el dictamen correspondiente de las Comisiones Unidas de la LXIV Legislatura.

Culiacán, Sinaloa. 20 de julio de 2023.- Comisiones unidas de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado aprobaron el dictamen sobre las Reformas y Adiciones a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa presentadas por el diputado Sergio Mario Arredondo Salas.

Las reformas y adiciones consolidan la armonización de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa con la Ley General de Responsabilidades en la Materia y, una segunda iniciativa que sanciona a los Servidores Públicos en la Omisión de enterar las cuotas y aportaciones ante el Instituto de Pensiones del Estado de Sinaloa.

Las y los diputados integrantes de las Comisiones de Puntos Constitucionales y Gobernación; de Transparencia, Anticorrupción y Participación Ciudadana; y, de Asuntos Obreros y de Trabajo y Previsión Social del Congreso del Estado, avalaron las razones que detalló Arredondo Salas en las iniciativas presentadas el pasado 22 de marzo del presente año.

Quien preside la Comisión de Fiscalización en esta LXIV Legislatura y precursor de estas reformas y adiciones explicó que ahora todas aquellas personas que manejen, apliquen o administren recursos públicos, puedan identificar las potenciales situaciones en materia de Conflicto de interés.

El integrante del grupo parlamentario del PRI expuso con esta reforma se estará ampliando el catálogo de diversos supuestos para evitar incurrir en los delitos de cohecho, desvío de recursos, contratación indebida, simulación de acto jurídico y nepotismo.

Asimismo, la iniciativa relacionada a la omisión de enterar las cuotas y aportaciones, ante el Instituto de Pensiones del Estado de Sinaloa, en los términos que señalan los artículos 7 y 11 de la Ley de Pensiones para el Estado de Sinaloa, fue aprobada como “falta administrativa grave”.

“Con estas reformas y adiciones, toda aquella persona que desempeñe un cargo público teniendo claro la información y el conocimiento adquirido en el ejercicio de su función, no podrán ponerse al servicio y lucro de intereses particulares”, aseveró el congresista.

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